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PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE PAGO DE ASEO DOMICILIARIO

  1. ¿En qué consiste el derecho de aseo domiciliario?

De acuerdo a lo estipulado en los artículos 6, 7 y 8 del D.L. N° 3.063, Ley de Rentas Municipales, el derecho de aseo es el cobro por la contraprestación del servicio que efectúa la municipalidad por la extracción y disposición de basura desde una vivienda, unidad habitacional u otros recintos señalados en la ley.

 

  1. ¿Quiénes deben pagar derechos de aseo domiciliario?

Todos los dueños u ocupantes de inmuebles cuyo monto de avalúo fiscal supere las 225 UTM y que estén exentas del pago de impuesto territorial (contribuciones).

 

  1. ¿Cuánto y cuándo debo cancelar el derecho de aseo domiciliario?

El derecho de aseo es un cobro trimestral que se paga los meses de mayo, julio, septiembre y noviembre de cada año.

 

CUOTA MONTO FECHA DE VENCIMIENTO
1° CUOTA 13.364 31-05-2019
2° CUOTA 13.364 31-07-2019
3° CUOTA 13.364 30-09-2019
4° CUOTA 13.363 30-11-2019

 

  1. ¿Cómo se cobra este derecho?

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7, 8 y 9 del D.L. N° 3.063, Ley de Rentas Municipales, el derecho de aseo se cobra de la siguiente forma:

  • Las propiedades que cuenten con un avalúo fiscal superior a $34.035.089, pagan el derecho de aseo domiciliario conjuntamente con el impuesto territorial o contribuciones de bienes raíces.
  • En el caso de las patentes municipales, el derecho de aseo se cobra conjuntamente con la patente.
  • En los demás casos, es decir, propiedades con avalúo superior a 225 UTM y exentas de impuesto territorial, el derecho de aseo se paga directamente en la Municipalidad (en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas) o a través de internet, ingresando al enlace: https://www.independencia.cl/pagos-en-linea/.

 

  1. ¿Por qué no me comunicaron la existencia de esta deuda?

 

El aviso de cobro de las deudas de derechos de aseo a través de cartas al domicilio es un servicio que proporciona la Municipalidad con el objeto de recordar y facilitar el pago de este derecho, pero que no tiene carácter de obligatorio, por lo que el municipio no incurre en incumplimiento alguno por el hecho de no despachar dicha comunicación.

En caso de no llegar el aviso al domicilio, se debe acudir al Departamento de Impuestos y Derechos, Avenida Independencia N° 753, 3° Piso, en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas.

 

  1. ¿Puedo solicitar condonación de deuda?

No. Las Municipalidades no están facultadas para condonar deudas, multas y/o intereses.

 

  1. ¿Quiénes se pueden eximir del pago de estos derechos?

Automáticamente están exentas todas las propiedades cuyo avalúo fiscal sea igual o inferior a 225 UTM.

En algunos casos el cobro puede ser rebajado o eliminado si se cumplen ciertas condiciones tales como residentes con discapacidad, vulnerabilidad, enfermedades catastróficas, adultos mayores de 60 años, familias monoparentales o viviendas en cuyos frontis se instalan ferias libres, situación que es decretada por el municipio en base a información proporcionada por el Ministerio de Desarrollo Social.

Si usted se encuentra en alguna de las situaciones descritas anteriormente, debe acercarse a nuestro Departamento de Social de la Municipalidad, ubicado en Av. Independencia 753, 1er piso, de lunes a viernes, entre las 8:30 a 14:00 horas, para evaluar la posible rebaja o exención de los derechos de aseo.

 

  1. Si existe deuda con vencimiento mayor a cinco años, ¿Puede acogerse a prescripción?

Si. Las deudas por derechos de aseo domiciliario cuyo vencimiento sea superior a los cinco años pueden declararse prescritas mediante sentencia judicial. Para ello se debe presentar una demanda ante el juzgado civil de su jurisdicción, lo cual requiere el patrocinio de un abogado.

La Municipalidad está impedida legalmente para condonar deudas por derechos de aseo, aun cuando tengan más de 5 años, por lo tanto, debe seguirse el procedimiento anteriormente descrito con el patrocinio de un abogado.

 

  1. ¿Qué pasa si me atraso en el pago?

El atraso en el pago del derecho de aseo genera intereses y multas mensualmente.

 

  1. Si me encuentro moroso/a, ¿Tengo facilidades para pagar?

El municipio otorga convenios de pago por deudas morosas y consiste en que la deuda puede pactarse de 1 a 12 cuotas mensuales, con una de pie. Este trámite se realiza en Departamento de Impuestos y Derechos, Avenida Independencia N° 753, en horario de lunes a viernes de 08:30 a 14.00 horas.

La Municipalidad está impedida legalmente para condonar deudas por derechos de aseo.

 

  1. Si compro una propiedad con deuda ¿debo hacerme responsable de ella?

Al comprar un inmueble, éste se adquiere en el estado en que se encuentra y por ende el comprador o nuevo propietario del mismo se encuentra obligado a pagar el derecho de aseo domiciliario devengado con anterioridad a la adquisición.

 

 

 

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